miércoles, 10 de agosto de 2016

PFHCSC: Semana 1, Introducción y delimitación del problema (Agosto 11)

Semana 1: Introducción: Delimitando el Problema

Problema Central: Todas las formas de corrupción son una amenaza constante tanto a la viabilidad de las instituciones políticas y sociales; como a la integridad moral de las personas que interactúan con esas instituciones. El problema es que a pesar de su importancia práctica y de las perplejidades conceptuales que produce, hay muy poco trabajo filosófico al respecto.
Tesis Central: Antes que aventurar las causas, las maneras de prevenir y las estrategias para atacar la corrupción es preciso elaborar un concepto que explique su naturaleza.

1.     Tipos de Corrupción.

Definición Tradicional: Soborno, nepotismo o el uso de recursos para propósitos distintos a los previamente establecidos:  Abuso de poder por parte de un funcionario con el fin de obtener un beneficio personal.

Casos Paradigmáticos: La corrupción no se identifica siempre con el uso de sentido común:
·       El Secretario de Hacienda o de Finanzas canaliza recursos públicos a su cuenta personal.
·       Un partido político asegura la victoria rellenando las urnas con votos falsos.
·       La policía fabrica evidencia con el fin de asegurar que se procese a un criminal.
·       Los médicos cierran filas negándose a testificar en contra de un colega acusado de negligencia.
·       Un entrenador provee sustancias de dopaje para mejorar el desempeño de sus atletas

Problema Conceptual: ¿Bajo qué principio o principios pueden explicar la inclusión de un caso a la lista?

Visión Convencional: La corrupción implica una ofensa legal de carácter económico (soborno, fraude, abuso de información privilegiada).

El Problema de lo Uno y lo Múltiple: No todos los casos de corrupción son ilegales: Por ejemplo no siempre es ilegal para una compañía involucrarse en sobornos más allá de las fronteras. Tampoco siempre es económica: por ejemplo un académico que plagia el trabajo de otro no recibe ningún beneficio económico. El caso del policía fabricando evidencia tampoco tiene un carácter económico. Muchos abusos de poder tienen que ver más con el ego de los funcionarios que con una recompensa económica.

Hecho Moral: De hecho parece que hay tantos tipos de corrupción como clases de instituciones y relaciones sociales que pueden ser corrompidas. También hay tantos incentivos a la corrupción como flaquezas humanas (estatus, poder, adiciones, sexo). Por lo tanto no siempre es ilegal, no siempre es económica; pero siempre es un asunto moral: la corrupción es una especie de inmoralidad. Pero entonces tenderemos que distinguir la corrupción de otros actos inmorales como matar, dañar. De otra manera la noción de corrupción se vuelve redundante pues ya tenemos un lenguaje para hablar de acciones inmorales. Distinciones de este tipo son especialmente importantes en el caso de las violaciones a los Derechos Humanos o la pobreza donde existe evidencia de fuerte correlación y conexiones contingentes (la violación a los DH puede ser producto de actos de corrupción).

2.     Carácter Moral. El estado de cosas o la condición de corrupto sólo es posible de conceptualizar como relativa a  principios o estándares morales que son definitorios del la condición de no estar corrompido (integridad). Pueden tomarse distintas perspectivas para definir esa condición, la ideal y la no ideal (mínimos o decentes).  A este respecto la corrupción parece una falla en relación a los estándares morales representados por las leyes y las regulaciones. [Pero entonces la corrupción parece más un proceso de pérdida de ese estado más que un hecho moral o una acción o conjunto de acciones]. Sabemos esto por que si el proceso de corrupción se extiende lo suficiente hasta que se pierde la legitimidad y el carácter moral, entonces perdemos la capacidad de describir un estado de cosas como corrupto.

Legitimidad: El análisis de la corrupción no supone que las instituciones existieron en un estado moral pleno. [Por eso el análisis de la corrupción no requiere el concepto de justicia] Al contrario una acción o un conjunto de acciones  es corruptor de una instituciones en la medida en la que tengan un efecto negativo en la moralidad de la institución. Este efecto negativo sólo puede ser descrito apelando a estándares morales constitutivos del proceso, roles y propósito de la institución en cuestión, tal y como la institución debe ser en el contexto socio-histórico en el que se encuentre. [Es decir la institución debe ser legítima (moralmente) y la corrupción mina su integridad moral]
Corrupción moral: En general describe una especie de deficiencia moral habitual conectada con acciones moralmente malas con efecto moral dañino y expresa desaprobación profunda. Si una institución se describe como corrupta es que sufre de alguna forma de disminución moral tal que en su forma no corrupta es legítima moralmente. Un acto corrupto entonces tiene el efecto de socavar un proceso o propósito legal y moralmente legítimo. Adicionalmente parece que la corrupción institucional no trata de actos corruptos aislados sino de patrones de conducta. habituales. Recordar que para Aristóteles los hábitos están fuertemente conectados con el carácter moral: los malos hábitos corrompen el carácter moral.

Leer con atención “Eight Questions About Corruption” de Jakob Svensson

Responda a las siguientes preguntas:
1.     ¿Cómo es que la corrupción es un proceso institucional y al mismo tiempo individual?
2.     ¿Por qué el punto de vista económico es por sí mismo inconcluyente?
3.     ¿Qué desacuerdo tienen los puntos de vista económico y criminalístico acerca del individuo corrupto o corruptor?


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